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CIUDAD DE MÉXICO, 28 de mayo de 2021.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró procedente el dictado de medidas cautelares, en su vertiente de tutela preventiva, a efecto de ordenar al Presidente de la República que se abstenga de difundir propaganda gubernamental y expresiones de contenido electoral hasta que se celebre la Jornada Electoral del próximo 6 de junio.
El Partido Acción Nacional (PAN) presentó dos quejas en contra de Andrés Manuel López Obrador por las expresiones que el servidor público realizó durante sus conferencias matutinas del 5 de abril al 18 de mayo, así como los días 20 y 26 de mayo.
El PAN consideró que en ellas se difundió propaganda gubernamental y se realizaron manifestaciones político-electorales dentro del periodo de campaña de los procesos electorales federal y locales en curso, violentado con ello los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad, que deben imperar en la contienda.
También denunció el incumplimiento a la pauta de los canales transmitidos por el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, Canal 11, Canal 14 y Canal 22, toda vez que, durante la transmisión de las conferencias matutinas, no se habría difundido la pauta de promocionales ordenada por el INE.
Por ello, solicitó como medida cautelar la suspensión de las conferencias matutinas y su difusión en redes sociales y sitios oficiales de internet hasta el 6 de junio. De un análisis minucioso al contenido de las conferencias matutinas denunciadas se evidenció que, al menos durante el periodo del 5 de abril al 26 de mayo, el Titular del Poder Ejecutivo se pronunció de manera reiterada y constante sobre temas y aspectos prohibidos por la Constitución, por lo que existe una base cierta y objetiva que permite considerar la inminente continuación o repetición de este tipo de actos en los días venideros.
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