Declara Corte inconstitucional la prisión perpetua
QUERÉTARO, Qro., 09 de febrero de 2021.- El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) determinó que no se incurrió en una promoción indebida, esto al resolver el expediente TEEQ-PES-21/2020
En la propuesta del magistrado Martín Silva Vázquez se indicó que en el expediente se denunció a un ciudadano y a una asociación civil, luego de que una ciudadana consideró que incurrieron en actos anticipados de precampaña y campaña, vulneración a las normas de propaganda electoral; al promocionar su imagen y la utilización de símbolos religiosos; además de la entrega de dádivas. También la ciudadana denunció la contratación de espacios en radio y televisión.
Silva Vázquez consideró que las publicaciones se realizaron previo al periodo de campaña y precampaña, además de que no se detectaron llamados al voto o posicionamiento para respaldar plataforma electoral alguna; el ciudadano tampoco se encuentra registrado como candidato, precandidato o aspirante a una candidatura independiente.
Igualmente se rechazó la queja contra el uso de símbolos religiosos, toda vez que los denunciados tampoco se encuentran registrados para contender cargo alguno de elección popular.
En la sesión el TEEQ también resolvió que el ayuntamiento de El Marqués fue omiso a la solicitud de una ciudadana para recibir una constancia de residencia, esto al resolver los expedientes TEEQ-JLD-62/2020 y su acumulado TEEQ-JLD-2/2021, estas en cumplimiento de la sentencia de la Sala Regional Monterrey.
Se vincula tanto al IEEQ como al INE al cumplimiento de la sentencia.