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QUERÉTARO, Qro., 30 de abril de 2020.- Entre las modificaciones autorizadas por la Comisión de Gobernación, Administración Pública y Asuntos Electorales de la 59 Legislatura local se encuentra crecer las multas a quienes quebranten las restricciones de movilidad en periodo de contingencia.
La modificación al Código Penal del Estado de Querétaro contempla, al artículo 299, sanciones de 2 a 5 años de prisión y de 10 a 120 UMA de multa a quien quebrante la prohibición de residir en una circunscripción territorial determinada; en el artículo 300, de 2 a 5 años o hasta 500 UMA de multa a quien quebrante la prohibición de ir a una circunscripción territorial determinada, se le aplicará prisión de.
El 221 establece de 3 a 6 años de prisión y de 500 a 1000 días de multa contra quien utilice cualquier medio para convocar, organizar, promover o difundir la coordinación o ejecución de saqueos, daños, robos o cualquier acto violento que afecten supermercados, tiendas de autoservicio, mercados de alimentos, gasolineras, tiendas de abarrotes, farmacias, hospitales, comercios o cualquier otro tipo de instalaciones públicas o privadas.
En el artículo 286, sanciones de 3 a 5 años y hasta 500 UMA de multa, a quien sin causa legítima rehusare prestar un servicio al que la ley obligue o desobedeciere un mandato legítimo de la autoridad.
Se encuentra entre las modificaciones que serán votadas en la Sesión de Pleno convocada para este jueves.