Reporta GCDMX 11.5 millones de peregrinos en la Basílica
CIUDAD DE MÉXICO, 30 de octubre de 2019.- El Pleno de la Cámara de Diputados avaló en lo general y particular con 420 votos a favor, 29 en contra y cinco abstenciones, el dictamen a la minuta enviada por el Senado que reforma los artículos 108 y 11 de la Constitución, para ampliar los delitos por los que el Presidente de la República puede ser destituido y juzgado, sin que esto signifique la eliminación de la protección constitucional del fuero.
Los diputados modificaron la minuta del Senado que proponía incluir como sujetos a juzgar a integrantes del Congreso de la Unión, es decir, diputados y senadores, así como secretarios de Estado, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Magistrados electorales, consejeros de la judicatura, Fiscal General, consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE), cabe recordar que estos últimos ya son responsables penalmente por cualquier delito culposo o doloso.
Por lo que regresaron el dictamen al texto original con la propuesta del Ejecutivo, donde no se establece una eliminación del fuero como tal, sino que señala solo al Presidente de la República para poder ser acusado durante su tiempo de gestión por actos de corrupción, delitos electorales y delitos contenidos en el segundo párrafo del artículo 19 constitucional.
Sobre éstos últimos destacan, el abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, entre otros.
Mientras que, en lo que se refiere a actos de corrupción, señaló el diputado Pablo Gómez, son todos aquellos comprendidos en el Código Penal, como: ejercicio ilícito del servicio público; abuso de autoridad; uso ilícito de atribuciones y facultades; intimidación; tráfico de influencias; cohecho; peculado; entre otros.
Lee más en Quadratín México