Itinerario Político
QUERÉTARO, Qro., 16 de mayo de 2018.- Es requisito indispensable contar con la autorización documentada de los menores de edad que aparezcan en la propaganda política y electoral, señaló el Secretario de Estudio y Cuenta de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Michell Jaramillo Gumecindo.
Lo anterior, al dictar la conferencia convocada por el Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) “La Protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en materia de propaganda electoral”, en las instalaciones del propio organismo, en el marco de las Jornadas de Derecho Electoral, impulsadas por la Comisión Jurídica.
El ponente resaltó que al regular la aparición de los infantes en la propaganda electoral, -ya sea en radio y/o televisión, internet, redes sociales, espectaculares, lonas, mantas, pendones, dípticos, revistas, medios impresos o cualquier medio propagandístico-, como autoridad jurisdiccional, el tribunal buscó proteger a este sector de la población para no afectar su vida futura vinculada a alguna situación.
Por ello, dijo, es importante que al o la menor se le informe de manera libre y detallada de su papel en un promocional; además para los partidos políticos, coaliciones, aspirantes, precandidatos y candidatos, personas físicas o morales y autoridades electorales, deberán obtener los permisos y consentimientos documentados del padre, madre o tutor; niña, niño o adolescente para realizar el promocional; de lo contrario se podrían invalidar.
El funcionario del tribunal destacó que las autoridades administrativas y jurisdiccionales están obligadas a vigilar el uso de la imagen, nombre o voz de las y los infantes en esta materia, regulada a nivel federal.
Por su parte, el consejero del IEEQ Luis Espíndola Morales apuntó que Querétaro cuenta con normatividad en la materia en el ámbito local, mediante los ‘Lineamientos para garantizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia de propaganda’; los cuales son de orden público y de observancia obligatoria en la entidad.
Espíndola Morales agradeció al ponente su aportación en esta temática, ya que existen diversos criterios que deberán ser atendidos en el proceso electoral que transcurre, y que los actores políticos los tomen en cuenta para proteger a los menores en el contexto electoral.