Llega Martín Arango a la presidencia del PAN en Querétaro
Existe un antecedente en donde un magistrado determinó como suficientes los votos de las dos terceras partes de los diputados presentes en el momento de la votación
QUERÉTARO, Qro., 31 de enero 2016.- La elección de los dos nuevos integrantes de la Comisión Estatal de Información Gubernamental (CEIG) fue apegada a la normatividad vigente.
El diputado decano, Eric Salas González, informó a Quadratín que se cumplió con el requisito de contar con la aprobación de las dos terceras partes de los integrantes de la Legislatura del Estado según lo establece la Ley de Acceso a la Información Gubernamental del Estado de Querétaro.
“En el sexenio del ex gobernador Calzada hubo un proceso similar en donde los priistas, sin contar con dos terceras partes del voto del total de los diputados, alcanzaron el número de votos que requiere la ley. En esa votación, la ausencia de la bancada del PAN no logró impedir la aprobación pues un juez determinó que el porcentaje debía tener como referencia a los diputados presentes en la sesión y no al total de los legisladores”, detalló el diputado.
Eric Salas agregó que en esta ocasión, la elección de Eric Horacio Hernández y Elena Guadarrama contó con los votos necesarios que establece la ley puesto que la ausencia del coordinador parlamentario Mauricio Ortiz Proal, así como los ocho votos nulos del resto de los legisladores permitieron al PAN lograr con sus 16 votos el porcentaje que requiere la ley.
Consultado también por Quadratín, el diputado Antonio Rangel, Presidente de la Junta de Concertación Política del Congreso, manifestó que fue mediante la resolución SUPR-JCR-412/2010 a través de la cual, en su momento, y bajo condiciones similares, el PRI logró aprobar la elección de consejeros del extinto Instituto Electoral de Querétaro (IEQ) aun con la ausencia de la bancada panista en la sesión, situación similar a lo acontecido el domingo pasado.
En ese entonces, el Juicio de Revisión Constitucional Electoral y Acumulados se presentó por el hoy líder nacional del PAN, Ricardo Anaya y otros particulares que buscaban ocupar un cargo en el IEQ.
En la resolución del 19 de noviembre del 2011, el Magistrado de la causa estableció que no se justificó la ausencia de los diputados panistas en la elección y por lo tanto, consideró como válida la votación de los presentes.
“… Ante la inexistencia de autos, de una explicación racional respecto de la ausencia del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional en la toma de una decisión tan relevante, y ante la actuación del Congreso local, el cual tomó la decisión de designar a los integrantes del mencionado consejo, por quince votos, que constituyen dos votos más que los trece diputados que conforme al artículo 31, párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Querétaro constituyen el quórum necesario para sesionar válidamente, y frente a la necesidad de inhibir prácticas que llevarían a la atrofia de las legislaturas locales en la toma de decisiones, el acto debe prevalecer, en beneficio de los principios que rigen los procesos electorales en esa entidad federativa”. http://bit.ly/1QBcOGM
Por su parte, la Ley de Acceso a la Información Gubernamental del Estado de Querétaro, establece lo siguiente:
» ARTÍCULO 29.- La Comisión estará integrada por tres comisionados que serán electos por el voto de las dos terceras partes de los integrantes de la Legislatura del Estado; en su conformación se procurará privilegiar la experiencia en materia de acceso a la información pública y la protección de datos personales, así como la equidad de género.»