Planea pareja un robo y fueron detenidos; ya están en prisión
El delito de desaparición forzada es imprescriptible, el periodo de prescripción no inicia hasta que se ubica a la persona ausente: experto
MÉXICO, DF, 14 de octubre de 2015.- Las víctimas deben participar en los procesos técnicos de campo de búsqueda de personas, recomendó el coordinador de la Fiscalía de Desaparición de Personas de Colombia, Marco Emilio Sánchez, a la comisión de Derechos Humanos del Senado de la República.
Al participar en las primeras jornadas de audiencias y mesas de trabajo rumbo a la dictaminación de las iniciativas en materia de desaparición forzada y desaparición perpetrada por particulares, este miércoles, el experto colombiano subrayó que los familiares de las víctimas se convierten en un elemento esencial.
“La búsqueda se hace para las víctimas, para ejercer ese derecho que tienen a la verdad, la justicia y la reparación, y cuando le decimos dónde está su hermano, su papá o su hijo es una forma de decirles la verdad y de repararles el daño”, aseveró el funcionario de Colombia.
Partiendo de las experiencias de búsqueda de personas en el país suramericano, Sánchez Acevedo insistió que en la gestación de la ley mexicana en materia de desaparición forzada deben incluirse a los familiares, pues aunque es muy complejo el manejo de sus reacciones en medio de los hallazgos forenses, son ellas las que conocen a los desaparecidos.
Al exponer el marco legal de Colombia, explicó que el delito de desaparición forzada es imprescriptible, pues aunque la legislación establece en su artículo 83 que el tiempo para castigar el delito es de 30 años, en realidad el periodo de prescripción no inicia hasta que se ubica a la persona ausente.
La nota en Quadratín México