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El IEEQ determinó este jueves dejar sin fundamento la denuncia contra el PAN por haber emitido una supuesta denuncia frívola en contra de un candidato priista.
QUERÉTARO, Qro., 3 de septiembre de 2015.- Con una votación unánime, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) determinó dejar sin fundamento la denuncia presentada en contra del Partido Acción Nacional (PAN) por haber emitido una presunta denuncia frívola en contra de un candidato priista, ya que no cumplió con los requisitos que marca la ley electoral del estado de Querétaro en su artículo 236 bis.
De acuerdo a Gerardo Romero, presidente del IEEQ, fue Manuel Pozo, ex candidato a la presidencia de la capital queretana, quien denunció al Partido Acción Nacional por haber presentado una presunta denuncia frívola en su contra, y que fue calificada por el organismo electoral como improcedente.
“Los supuestos para calificar una denuncia como frívola están previstos (en el artículo) 236 bis de la ley electoral del estado de Querétaro. A partir de estos supuestos encontramos que esas denuncias sí se podían alcanzar jurídicamente, lo que se pretendía que era sancionar a Manuel Pozo y estaban en el derecho, por eso no hay frivolidad”.
De acuerdo a la autoridad electoral, cuando Acción Nacional presentó la denuncia en contra de Manuel Pozo se corroboró que no se le estaban imputando hechos falsos o inexistentes, ya que sí hubo participación del tricolor en estas actividades, sin embargo se determinó que no violó la ley, pese a que había hechos que pudieron haber sido sancionados.
“De lo que se le acusaba a Manuel Pozo, que de acreditarse hubieran implicado una violación a la ley, eran denuncias no basadas exclusivamente en notas periodísticas, y aportaban otros elementos, sin embargo no se logró corroborar que realmente hubiera una violación por parte del ex candidato”.
En este sentido el presidente del IEEQ aseguró que para que se actualice la frivolidad en una denuncia presentada ante el organismo, se requiere que los hechos que se argumenten sean inexistentes, o que únicamente estén basados en notas periodísticas, sin tener otro respaldo qué mostrar como prueba ante la autoridad.