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Los espacios habían sido entregados a 6 hombres y 4 mujeres, pero el TEEQ determinó que se dé un lugar para una regidora del PVEM, para cumplir la paridad de género.
QUERÉTARO, Qro., 12 de agosto de 2015.- Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) votaron de manera unánime la reasignación de los lugares de regidurías en el municipio de Cadereyta, que se compone de 10 espacios.
Dichos espacios habían sido entregados a seis hombres y cuatro mujeres, situación que fue modificada en el tema de representación proporcional, por lo cual se dictó modificar esta lista y entregar un lugar más para una regidora mujer del PVEM, con lo que se cumpliría el principio de paridad de género.
Asimismo, en sesión pública, dieron resolución a impugnaciones que tenían que ver regidores de representación proporcional que fueron confirmados en unos casos y en otros casos se solicitó la reasignación, informó Gabriela Nieto, magistrada presidenta del TEEQ.
«Tenemos varias impugnaciones de designación de regidores por representación proporcional; en esta sesión resolvimos los municipios de Tequisquiapan, Ezequiel Montes, Pedro Escobedo, Cadereyta y Querétaro, en cada uno de los supuestos analizamos sus particularidades y confirmamos la asignación de regidores y en otros casos instruimos para su reasignación».
De acuerdo con la magistrada, los municipios donde se ratificó la conformación de los regidores fueron Querétaro, Ezequiel Montes y Pedro Escobedo, mientras que en Cadereyta y Tequisquiapan se modificó para aquellos que se habían asignado.
En el caso preciso de Tequisquiapan, se asignaron cinco regidurías de representación proporcional, de las cuales, las tres primeras eran mujeres y las dos siguientes hombres, sin embargo, siguiendo el Principio de Alternancia, se determinó que debían postularse de manera escalonada, hombre, mujer o mujer, hombre de manera consecutiva, por lo cual, se modificaron la segunda y la quinta posición para dar esta alternancia.
«Nosotros debemos analizar este tema porque es complejo, debemos atender el principio de paridad, pero también debemos respetar el principio de auto regulación de los partidos, por lo que se debe analizar cada uno de los supuestos que se generan en cada impugnación».